El delito de desobediencia y resistencia a la autoridad, se encuentra regulado en el Art. 556 del CP, que dispone:
1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
2. Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de uno a tres meses.”
Consecuencia del Estado de Alarma decretado por el Real Decreto 463/2020 el pasado 14 de Marzo de 2020
Que ha sido prorrogado con la debida autorización de las Cortes Generales del Estado Español. Publicado por Real Decreto 476/2020 de 28 de Marzo de 2020, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En el que se contemplan una serie de medidas restrictivas que solo operan en estos casos, que es el llamado “confinamiento”.
La privación de esta libertad de movimientos, que solo puede realizarse de forma debidamente justificada y en las causas que expresamente recogen dichas disposiciones legales, debe ser cumplida por los ciudadanos, pues de lo contrario, podemos incurrir en un delito de desobediencia grave a la autoridad.
Desde el departamento jurídico de Consultoría-Digital, hemos observado cómo se han disparado las detenciones producidas por los agentes de la autoridad (Policía Municipal, Guardia Civil, Mossos de Esquadra, Ertzaintza, y Cuerpo Nacional de Policía) a consecuencia de un quebrantamiento directo de dicho Real Decreto que prohíbe la libre circulación. Es por tanto, últimamente, frecuente la detención por delito de desobediencia, así como la detención por resistencia a la autoridad.
Los comportamientos de desobendiencia o resistencia a la autoridad conllevan desde sanciones pecunarias a penas de prisión
Son numerosas las dudas que nuestros clientes nos envían a Consultoría-Digital. Dudas tales como si podemos aprovechar para dar un paseo largo con el pretexto de tirar la basura, acudir a centros comerciales o establecimientos abiertos al público para compras pequeñas, o situados a gran distancia de sus domicilios, o inclusive en distintos municipios. E incluso, si es necesario un salvoconducto, justificante o acreditación para desplazarse a centros de trabajo, etc.
Por ello queremos indicar a todas las personas y a los clientes de Consultoría-Digital, que nos encontramos ante una excepcional situación, que debemos cumplir a rajatabla. Pues estos comportamientos pueden conllevar desde una sanción pecuniaria importante. O incluso, podemos ser detenidos por un delito de desobediencia grave, acarreando penas de prisión.
Así mismo, tal delito de desobediencia puede convertirse en un delito de resistencia. Esto ocurre si apercibidos por los agentes de la autoridad, no procedemos a la inmediata aceptación de su orden y/o nos negamos a ser detenidos. Produciéndose un forcejeo aún cuando éste sea de carácter leve.
En Consultoría Digital contamos con un equipo de abogados especialistas en derecho penal. Nuestra asesoría jurídica presta servicios presenciales y online.
Desde Consultoría-Digital, prestamos asesoramiento jurídico integral en caso de sanciones. O inclusive si has sido detenido por un delito de desobediencia o delito de resistencia a la autoridad.
Recibe un asesoramiento personalizado. Llámanos directamente a nuestro teléfono de contacto gratuito 910 13 98 06. Si lo prefieres, puedes rellenar el formulario de nuestra web, o bien escribirnos un email con tu caso a contacto@consultoria-digital.com.
Si han detenido por motivo delito de desobediencia o resistencia a la autoridad a un familiar, debes ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico lo antes posible. Nuestros abogados penalistas garantizaran si la detención es legal y proporcionada. Y podremos asistir al detenido lo antes posible.